Inteligencia artificial y derechos de autor: una polémica en desarrollo
- Redacción Relax

- 3 sept
- 4 Min. de lectura

La inteligencia artificial (IA) representa uno de los avances más significativos del siglo XXI. Su rápida expansión ha cambiado la forma en la que creamos, compartimos y consumimos contenidos en internet, transformando la manera en la que interactuamos con la tecnología y procesamos la información digital, lo que ha provocado un alto impacto social latente. Es una herramienta capaz de generar imágenes, textos, videos, música, entre otros tipos de contenidos, a partir de instrucciones humanas sencillas, que abren posibilidades impensables en el ámbito de la creatividad, la productividad y la innovación. Sin embargo, esta revolución tecnológica también ha desatado una controversia global en torno a un tema sensible y complejo: los derechos de autor.
Esta polémica se centra en algunas cuestiones clave; una de ellas es si una inteligencia artificial puede generar contenidos verdaderamente originales y, en su caso, a quién correspondería la titularidad de dichas creaciones. Por otro lado, también, se discute la legitimidad del uso de obras protegidas por derechos de autor como material para entrenar a estos sistemas, frecuentemente, sin el consentimiento explícito de los titulares, según lo explicado por Copyright Alliance, desde el 2023. Estas cuestiones plantean desafíos tanto para los marcos legales actuales como para la creación, autoría y propiedad intelectual en el contexto de la inteligencia artificial.
Entrenamiento de la IA
Como es sabido, existen varios modelos de inteligencia artificial, los cuales han sido entrenados con grandes volúmenes de datos disponibles en internet. Este proceso se ha desarrollado en contextos legales aún en discusión, como el llamado “uso justo” (fair use), en Estados Unidos. En distintos sectores creativos, como la ilustración, la música y el desarrollo de software, se han presentado denuncias, señalando el uso de obras sin autorización ni compensación; por lo tanto, se ha retomado la importancia de los derechos de autor para actuar en situaciones de esta índole, logrando proceder de manera institucional y bajo instancias regulatorias que protegen los derechos de autor, como la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) y el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR), en México.

Esta situación ha derivado en procesos legales en varios países, ya que empresas de IA, como Stability AI, OpenAI y Google, han enfrentado reclamos por parte de artistas, editoriales y medios de comunicación, en los que se debate si la inteligencia artificial reproduce fragmentos protegidos por copyright o si simplemente genera contenido nuevo a partir de datos procesados, lo que da apertura a algunas complejidades legales, como señala Universo Abierto, sobre el tema. Asimismo, según informó la página Instituto Autor, la industria musical en Estados Unidos ha comenzado a implementar medidas para reforzar la protección de los derechos de propiedad intelectual frente al desarrollo acelerado de herramientas basadas en inteligencia artificial.
Las leyes de propiedad intelectual a nivel mundial requieren modificaciones urgentes para abordar esta nueva realidad, lo que implica una polémica en desarrollo. La mayoría de las jurisdicciones no reconocen a una IA como autora legal de una obra, pero se dejan abiertos dilemas éticos y legales, por ejemplo, si la obra generada por IA no tiene un autor humano identificable, ¿puede, entonces, ser protegida por copyright?, ¿debe el crédito (y los beneficios) corresponder al desarrollador del software, al usuario que generó la obra o a los creadores originales que nutrieron el entrenamiento de la IA?
Además, se ha planteado la preocupación de que el aumento de contenidos generados por inteligencia artificial pueda afectar el mercado creativo y modificar la valoración del trabajo humano, especialmente en sectores como la ilustración, la escritura técnica y el diseño.
Medidas ante el avance de la IA
En respuesta a estas inquietudes presentadas, algunas plataformas han implementado opciones para que los autores puedan excluir sus obras de los procesos de entrenamiento de IA. Asimismo, se están desarrollando aplicaciones destinadas a identificar y marcar contenidos generados artificialmente, con el fin de promover una mayor transparencia. Organismos internacionales, como la UNESCO y la Unión Europea, también, han iniciado discusiones para establecer marcos regulatorios que protejan tanto la innovación tecnológica como los derechos de los creadores, pero sobre todo, haciendo recomendaciones sobre la ética de la inteligencia artificial, ya que mencionan que estas tecnologías, que son de utilidad general, moldean la forma de trabajar, interactuar y vivir en la sociedad actual; por consiguiente, no debe ser una amenaza para los derechos humanos y las libertades fundamentales. Por el contrario, se busca una regulación que permita el buen uso de estas tecnologías, siendo un beneficio para la humanidad, promoviendo su desarrollo ético.
En México, esta cuestión sigue generando especial atención. De acuerdo con El Economista, desde el 2020, en el Congreso de la Unión, se han presentado 50 iniciativas legislativas relacionadas con la inteligencia artificial. El 30 de abril de 2025, se presentó la propuesta de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal del Derecho de Autor, en materia de inteligencia artificial generativa, estando así en una etapa inicial regulativa, que continuará en proceso.
En este contexto, la ética, la regulación y el diálogo son aspectos fundamentales para encontrar un equilibrio entre el derecho a innovar y el derecho a proteger las creaciones humanas, considerando a la inteligencia artificial como una herramienta complementaria que debe respetar las contribuciones de los autores.
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